Novedades legislativas sobre pilas y baterías

Novedades legislativas sobre pilas y baterías

reciclar pilas 

Resumimos, a continuación, las principales novedades aportadas por la Directiva 2013/56/UE sobre pilas y acumuladores y sus residuos, publicada el pasado 20 de Diciembre de 2013 en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas (DOCE) y que modifica a la Directiva 2006/66/CE.

 MODIFICACIÓN ARTÍCULO 4- Prohibiciones

— Limita la exención del mercurio de las pilas botón, actualmente pueden contener hasta un 2% de manera que, partir del 1 de octubre de 2015, no podrán contener más de un 0,0005%, salvo para los audífono.

— Limitar el uso de baterías de cadmio en herramientas portátiles, que hasta ahora estaban exentas de la limitación del 0,002% y que deberán adaptarse a esta limitación a partir del 31/12/2016.

 MODIFICACIÓN ARTÍCULO 6- Puesta en mercado

— Las pilas y acumuladores que no cumplan con esta Directiva pero que hayan sido puestos en el mercado legalmente antes de las prohibiciones, no se retirarán por no cumplir, sino que se podrán comercializar hasta que se agoten las existencias.

MODIFICACIÓN ARTÍCULO 11 – EXTRACCIÓN DE LOS RESIDUOS DE PILAS Y ACUMULADORES

— Cuando los usuarios finales no puedan extraer las pilas incorporadas a los equipos los fabricantes deben diseñar los aparatos de modo que un profesional independiente del fabricante si pueda extraerlos fácilmente.

AÑADIDO ANEXO IV – REQUISITOS PROCEDIMENTALES DE REGISTRO

— Añade “modificación de los datos de registro” 1 mes de plazo para que los productores comuniquen la modificación al registro desde el momento del cambio de los datos.

— Añade las “bajas” – Cuando los productores dejen de ser productores se debe informar al órgano de registro pertinente.

 

 

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