CÓMO ME AFECTA LA LEGISLACIÓN

Asegúrate que las baterías que compras proceden de fabricantes/importadores que cumplen con sus obligaciones establecidas en el RD 106/2008

Como empresa consumidora de pilas, acumuladores y baterías asegúrate que todas las compras que realizas de estos productos proceden de fabricantes/ importadores registrados por el Ministerio de Industria (MINETAD) Registro de Establecimientos Industriales, actualmente se denomina RII-PYA.

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Cómo Poseedor/ productor de residuos

El productor u otro poseedor inicial de residuos deberá de asegurar el tratamiento y traslado adecuado de sus residuos y cumplir con las obligaciones establecidas en la Ley 22/2011 de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados y Real Decreto 180/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado.

Costes de las operaciones de recogida y gestión

De acuerdo con los establecido en el Real Decreto 106/2008 de 1 de febrero sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos todos los costes de las operaciones de recogida y gestión de estos residuos incluidos los de recogida selectiva, transporte, clasificación, almacenamiento temporal, tratamiento y reciclaje, serán sufragadas por los productores, conforme al sistema de gestión utilizado.